¿Cuáles son los cambios? AFIP es reemplazado por ARCA

La nueva entidad autárquica dentro de la estructura del Ministerio de Economía reemplaza a la antigua AFIP y está compuesta por la Dirección General Impositiva y la Dirección General de Aduanas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero fue creada mediante el Decreto 953/2024 a la vez que disolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos.
ARCA se encuentra en un período de transición, en lo que refiere a la actualización de los logos, tipografías, página web, canales institucionales de comunicación, entre otros.
Además, señalaron que la cuenta oficial en X de @afipcomunica migrará gradualmente a @arca_informa, donde continuarán publicando novedades y respondiendo consultas de los contribuyentes.
En atención a ello, es importante destacar que ARCA es la continuadora jurídica de la AFIP y, por lo tanto, se encuentra a cargo de la recaudación de impuestos, del control del comercio exterior y del cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes en materia impositiva, aduanera y previsional.
¿Qué es lo que no cambia con la creación de ARCA?
La inscripción ante el Organismo. No es necesario hacer ningún trámite ni revalidar datos.
La Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave fiscal.
El Domicilio Fiscal Electrónico.
La Agencia en la que están inscriptos los contribuyentes.
Los canales de asistencia al ciudadano. Cada vez que haya una actualización de ellos será debidamente difundido.
Los turnos otorgados para atención presencial en cualquier sede del organismo.
La página web del organismo. Cuando la misma migre a ARCA, será comunicado debidamente, asegurando la continuidad y el acceso a los micrositios, servicios y aplicativos que correspondan.
La fecha de vencimiento de los impuestos y para la presentación de las declaraciones juradas y pago.
Las obligaciones aduaneras, tributarias, de la seguridad social. No hay cambios en el Monotributo.
Los sistemas de facturación.
Los trámites iniciados ante el organismo que aún no se hayan finalizado.
Las exenciones y beneficios fiscales de cualquier tipo.
Los planes de facilidades de pago.
Los acuerdos en materia de cooperación internacional como los de intercambio de información automática (CRS, FATCA, entre otros).
Las ejecuciones fiscales en trámite.
Las infracciones por incumplimiento, los sumarios iniciados y las denuncias penales/tributarias en trámite
Los trámites aduaneros, en general.
Los controles al equipaje al momento de ingreso o salida del país en cualquiera de sus vías (terrestre, aérea, marítima o fluvial).
Investigaciones y fiscalizaciones, procedimientos de determinación de oficio, acciones ante el Tribunal Fiscal o en la justicia, que se encuentren en trámite.

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